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LEGADOS SOLIDARIOS
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CÓMO HACER TU TESTAMENTO EN SOLO 3 PASOS
Vos elegís qué dejar
Puede ser una casa, un auto, una suma de dinero, una obra de arte o un porcentaje de tu herencia. No hace falta ser millonario.
Lo escribís en tu testamento
Con ayuda de un escribano. Es un trámite simple y podés modificarlo o revocarlo cuando quieras, en vida.
Tu voluntad se cumple
Cuando ya no estés, ese bien financia la investigación del cáncer en Fundación Sales.
¿POR QUÉ LEGAR?
Vos podés ayudar a sostener las investigaciones en las instituciones creadas por nuestros Premios Nobel en ciencias, Bernardo A. Houssay y Luis F. Leloir. Los científicos estudian y logran terapias para muchos cánceres. La Fundación SALES es titular de estos programas científicos con el CONICET, al que pertenecen los investigadores.
Incluyendo a la Fundación SALES en tu testamento brindás fondos para hacer posibles estas investigaciones.
Nuestros compromisos
1.
Resguardamos tu confidencialidad. El testamento es un documento personal y privado.
2.
Respetamos tus decisiones. Vos elegís a quiénes incluir en tu testamento, los bienes y cantidades a donar.
3.
Honramos tus deseos. Velamos para que cada legado que recibamos, se gestione de acuerdo a tu voluntad.
4.
Estamos comunicados. Informamos periódicamente sobre los avances y logros de nuestros programas.
5.
Somos transparentes. Nuestros donantes pueden saber cómo se invierten los recursos y el impacto de su colaboración.
Preguntas frecuentes
¿CUÁL ES LA FORMA MÁS SEGURA
DE REALIZAR MI TESTAMENTO?
La forma más segura de hacerlo es concurrir a una escribanía.
Allí podrás designar a la Fundación SALES como:
Heredera universal
co-heredera
heredera de un solo bien
La ley argentina protege a hijos, padres y cónyuge. Ellos siempre reciben su parte “intocable”. Vos solo decidís sobre la porción que la ley te permite disponer libremente. Si no tenés herederos forzosos, podés legar el 100%.
La Fundación Sales se sostiene gracias a la generosidad de empresas y personas que valoran la ciencia contra el cáncer. Muchos desean ayudar más, pero sienten que necesitan conservar su patrimonio para su propia tranquilidad durante la vida.
El legado testamentario resuelve esa tensión: te permite beneficiar a la Fundación sin deshacerte de tus bienes hoy. Es un acto de previsión que recién se ejecuta después de tu fallecimiento, sobre los bienes que aún formen parte de tu patrimonio.
Es la disposición que hacés en tu testamento para dejar un bien específico a una persona o institución. Es distinto a nombrar un “heredero”, que recibe una parte de todo tu patrimonio.
- No afecta tu vida actual: Seguís usando y disponiendo de todos tus bienes con total libertad.
- Es revocable: Podés cambiarlo o anularlo en cualquier momento mientras vivas.
- No genera deudas al legatario: La Fundación recibe el bien libre de deudas de la herencia.
Cualquier bien o derecho que integre tu patrimonio, esté en Argentina o en el extranjero:
– Inmuebles: casa, departamento, terreno.
– Muebles: auto, joyas, obras de arte, colecciones.
– Dinero: suma fija, saldo de una cuenta bancaria, dinero en caja de seguridad.
– Derechos: derechos de autor, regalías.
También podés legar un porcentaje: _“Lego el 10% de mis bienes a Fundación Sales”_.
La ley argentina protege a ciertos familiares llamados “herederos forzosos”: descendientes, ascendientes y cónyuge. Ellos tienen derecho a una porción “intocable” de la herencia, llamada legítima.
Vos podés legar libremente solo sobre la porción disponible:
– Si tenés hijos: Podés disponer de 1/3 de tus bienes.
– Si solo tenés padres: Podés disponer de 1/2.
– Si solo tenés cónyuge: Podés disponer de 1/2.
– Si no tenés ninguno: Podés disponer del 100%.
Un escribano te calculará esto exactamente para tu caso.
- Testamento por Acto Público: Es el más seguro. Lo dictás ante un escribano y dos testigos. Se inscribe en el Registro de Actos de Última Voluntad, por lo que el juez lo encontrará sí o sí al abrir la sucesión. El escribano evita errores legales.
- Testamento Ológrafo: Lo escribís, fechás y firmás todo de tu puño y letra. Es válido pero tiene riesgos: puede perderse, destruirse o que nadie sepa de su existencia.
*Recomendamos siempre el asesoramiento notarial.* Podemos sugerirte escribanos de nuestra confianza.
La ley argentina protege a ciertos familiares llamados “herederos forzosos”: descendientes, ascendientes y cónyuge. Ellos tienen derecho a una porción “intocable” de la herencia, llamada legítima.
Vos podés legar libremente solo sobre la porción disponible:
– Si tenés hijos: Podés disponer de 1/3 de tus bienes.
– Si solo tenés padres: Podés disponer de 1/2.
– Si solo tenés cónyuge: Podés disponer de 1/2.
– Si no tenés ninguno: Podés disponer del 100%.
Un escribano te calculará esto exactamente para tu caso.
- Testamento por Acto Público: Es el más seguro. Lo dictás ante un escribano y dos testigos. Se inscribe en el Registro de Actos de Última Voluntad, por lo que el juez lo encontrará sí o sí al abrir la sucesión. El escribano evita errores legales.
- Testamento Ológrafo: Lo escribís, fechás y firmás todo de tu puño y letra. Es válido pero tiene riesgos: puede perderse, destruirse o que nadie sepa de su existencia.
Recomendamos siempre el asesoramiento notarial. Podemos sugerirte escribanos de nuestra confianza.
Para que tu voluntad sea clara, debés designar como legataria a:
`Denominación legal: —`
`N° de Inscripción IGJ: —`
`Domicilio legal: —`
`CUIT: —`
Dejar un legado es una decisión importante y personal. No estás solo en el proceso.
Contactá a nuestro equipo de Asesoramiento en Legados. Te daremos información confidencial y sin compromiso para que resuelvas todas tus dudas.
`— Teléfono —`
`— Mail —`
`— Dirección de oficina para entrevistas —`
Tu legado es más que un bien. Es esperanza para miles de pacientes. Gracias por considerarnos.
Todo aporte que realices, será de gran ayuda para las futuras generaciones.
